Aumentan las inspecciones con le objetivo de que las compañías implanten un sistema fiable, tanto para la empresa como para la representación legal de los empleados. En caso de incumplimiento, se consideraría como sanción grave pudiendo llegar hasta los 7.500 euros la multa.

Desde el 2019 es obligatorio que cualquier empresa en España cuente con un registro diario de la jornada laboral. Actualmente, la norma  que habla de ello reside en el Real Decreto Ley 8/2019 de Medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Esta ley obliga a las compañías a implantar un sistema de registro diario, cuyo dato sea inalterable, y por supuesto a conservar los registros durante cuatro años, teniendo que estar a disposición de trabajadores, representantes legales o inspección de trabajo y seguridad social.

El ministerio de trabajo en este último tiempo está valorando crear nuevas medidas en las que obliguen a las compañías a incorporar sistemas fiables digitales que tengan acceso incluso la propia inspección de trabajo. El propio secretario de Estado de trabajo y Economía social, Joaquín Pérez Rey, ha insistido en distintas ocasiones que se debe reforzar la legislación de control del registro horario, no sólo ya para digitalizarlo sino que también se incorpore medidas para que sea accesible por parte de la inspección de trabajo de manera remota, y se garantice la integridad, transparencia y control.

Es importante conocer, cómo comentábamos antes, que esta normativa está presente desde 2019 y que las compañías han tenido tiempo suficiente para ir incorporando dichas herramientas. Aquellas que no lo hayan hecho o que cuenten con soluciones que no cumplan con la normativa pueden tener sanciones que van desde los 750 euros, si se consideran leves, hasta los 7.500 euros, si llegan a calificarse como graves. Además, en el caso que se cambie la normativa, se evalúa un cambio de criterio efectuando que las multas pudieran efectuarse por cada trabajo de la empresa afectado, teniendo una horquilla sancionadora que oscila actualmente entre los 1.000 y los 10.000 euros.

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